ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA CORPORACION EN PLENO EL DIA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2006.

 

ASISTENTES:

 

Alcalde-Presidente:                                     

D. Lázaro Mellado Sánchez                           

              Dña. M. Carmen Soler López

D. Salvador Ruiz Jiménez.

Tenientes de Alcalde:                                   D. Trinidad Almagro Trigueros.

D. Juan José Gómez Hellin                              Dña. Antonia Tovar Madrid.

Dña. M. Dolores Fernández Gálvez                 D. Alfonso Martínez Gómez.

D. Cristóbal García Morata                             D. Antonio Carrasco Pellicer

D.  José Andrés Alvarez García                       D. Carmen Mengual García

Dña. M. Candelaria Sánchez Garnes    D. Cayetano Salas Díaz

Dña. Nuria Guijarro Carrillo                           

D. Patricio Pérez Fernández

 

Secretaria General:

                                                                       Dña. M. Encarna González Sáez.

Concejales                                                               

D. Francisco Munuera Moreno

Dña. Salud Hernández Aulló

D. José Martínez Gómez                               

D. Luciano Herrero Fernández.

 

En el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Alcantarilla, siendo las DOCE HORAS Y TREINTA MINUTOS correspondiente al QUINCE de Junio del  año dos mil seis, previa convocatoria cursada en tiempo y forma, se reúne la Corporación Municipal en Pleno, al objeto de celebrar sesión ordinaria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Lázaro Mellado Sánchez, con la asistencia de los   Sres. Tenientes de Alcalde y Concejales que arriba se expresan, presente la Sra. Secretaria General del Ayuntamiento, que certifica.

Declara abierta la sesión, se pasó al desarrollo de Orden del Día como sigue:

PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE DE LAS ACTAS Y DIARIOS DE LAS SESIONES ANTERIORES.- Por el Sr. Alcalde-Presidente D. Lázaro Mellado Sánchez se dio cuenta del Acta de la Sesión anterior correspondiente al día 27 de Abril en sesión ordinaria y 8 de Mayo de 2006 en sesión extraordinaria, las que tras ser conocidas por los miembros asistentes y sometida a votación, quedaron aprobadas por unanimidad de los miembros asistentes.

Seguidamente se paso a votación los Diarios de Sesiones de las mismas fechas, quedando igualmente aprobados  por unanimidad de los miembros asistentes.

PUNTO SEGUNDO.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.- Por la Sra. Secretaria se dio cuenta de las Resoluciones de Alcaldía registradas desde el número 2.089 de 24-04-2006  a la núm. 2.905 de 13-06-2006.

Los miembros asistentes quedaron enterados de lo manifestado por la  Sra. Secretaria

PUNTO TERCERO.- PROPUESTA DEL TENIENTE DE ALCALDE DE HACIENDA, SOBRE APROBAR LOS PROYECTOS, LA EJECUCIÓN Y LA FINANCIACION POR EL CONCESIONARIO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS OBRAS DE COLECTOR DE AGUAS PLUVIALES EN AVD. M. HIDALGO Y OTRAS Y DE URBANIZACIÓN DE TRAMO DE LA AVD. M. HIDALGO.- Por el Teniente de Alcalde de Hacienda D. Juan José Gómez Hellín, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que,

Considerando las necesidades existentes de mejora y ampliación del Servicio de Agua y Alcantarillado en la prolongación de la Avenida Muñoz Hidalgo, se hace necesario actuar en dicha vía pública acometiendo inversiones relacionadas con la red de agua y pluviales.

Considerando que en la propuesta de revisión de tarifas presentada por el concesionario del Servicio de Agua y Alcantarillado para el año 2005 se contempló la financiación, a través de las tarifas aprobadas para dicho ejercicio, de actuaciones de sustitución de redes y pluviales, a través de la aplicación de una cuota de amortización anual a lo largo de la vida restante de la concesión del Servicio, contando para ello con una financiación global por importe de 899.733,22 €, la cual se encuentra disponible. Todo ello sobre la base de lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que forma parte integrante del contrato suscrito con el actual concesionario del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, en el que se establece la posibilidad de encomendar a dicho concesionario la ejecución y financiación de obras referidas a nuevas infraestructuras que vayan a ser adscritas al Servicio.

Teniendo en cuenta que para acometer las obras anteriormente señaladas se ha procedido, por parte del Ayuntamiento, a la redacción de los correspondientes proyectos que permitan acometer esas actuaciones de inversión, de los cuales se desprenden unos presupuestos de ejecución por contrata que ascienden para el conjunto de las obras a 1.121.589,51 € con el IVA incluido.

Considerando que la obra será amortizada directamente por la empresa concesionaria del Servicio de Agua y Alcantarillado, por ser una actuación realizada en el ámbito de tal concesión, se producirá el ahorro para el Ayuntamiento en el importe del IVA en las mencionadas obras. Por otra parte la dirección de obra será realizada por el propio Ayuntamiento, lo que también provoca un ahorro en el desarrollo de la actuación, por lo que todo ello conlleva que el coste de la inversión por ejecución de los mencionados proyectos se sitúe en 966.887,51 €, a lo que es necesario adicionar 32.110,48 € procedentes de honorarios por redacción de proyectos, quedando por tanto el importe total a financiar de la obra en 998.997,99 €.

Considerando que el Ayuntamiento cuenta con un canon anual a su favor por la explotación de la ETAP de Los Guillermos, la cual es realizada también por el concesionario, y que, de acuerdo con los últimos datos disponibles por los Servicios Municipales, ha ascendido en el último año a 195.000 €, de tal forma que supone una cantidad suficiente para completar la financiación de las obras incluidas en la presente propuesta, además de acometer la financiación de las obras ya aprobadas con anterioridad en el presente ejercicio para el Servicio de Agua y Alcantarillado, todo ello sin tener que proceder por tanto a un incremento o revisión de las tarifas del Servicio.

Vistos los informes favorables emitidos por los Servicios Municipales en relación con la presente propuesta sobre la aprobación de las obras de renovación de redes de abastecimiento y de pluviales en la Avenida Muñoz Hidalgo.

Por todo lo expuesto se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente

 

ACUERDO

 

PRIMERO.- Aprobar los proyectos de obra denominados “Colector de Aguas Pluviales en Avda. Muñoz Hidalgo, tramo de Médico Alfonso Pacheco y Avda.Santa Ana, T.M. Alcantarilla” y “Urbanización de la Avda. Muñoz Hidalgo, tramo de Médico Alfonso Pacheco y Avda.Santa Ana, T.M. Alcantarilla”, los cuales se acompañan a la presente propuesta y todo ello por un importe global de 1.121.589,51 € con el IVA incluido.

SEGUNDO.- Aprobar la ejecución y financiación, por parte del Concesionario del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, de las obras contempladas en los proyectos señalados en el punto anterior y de los costes de redacción de esos proyectos, ascendiendo tal financiación a la cantidad global de 998.997,99 €, una vez descontado el IVA correspondiente, aplicando para tal financiación la dotación de amortización aprobada junto con la revisión de tarifas que fue realizada para el ejercicio 2005 y financiando la parte de las obras relacionas en el punto anterior que excedan de los 899.733,22 €, contemplados la mencionada revisión de tarifas, con el canon favorable al Ayuntamiento derivado de la explotación de la ETAP de Los Guillermos durante la vida de la concesión.

TERCERO.- Facultar al Alcalde-Presidente, de forma tan amplia como en derecho se requiera para que en nombre y representación de este Ayuntamiento otorgue y firme cuantos documentos sean precisos para la ejecución de lo acordado.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interior, celebrada el día 15-06. 2006, quedando favorable por 6 votos a favor del Grupo P.P., 3 en contra del Grupo P.S.O.E. y 1 abstención del Grupo de I.U.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación, quedó aprobada por mayoría, por 12 votos a favor del Grupo P.P. y 9 votos en contra de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO CUARTO.- PROPUESTA DEL TENIENTE DE ALCALDE DE HACIENDA, SOBRE APROBAR LA GESTION MEDIANTE CONCESIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE LONJA DE PESCADOS Y SU ADJUDICACIÓN A EUROLONJA, S.A.- Por el Teniente de Alcalde de Hacienda D. Juan José Gómez Hellín, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que, con fecha 29 de Julio de 2000 el Ayuntamiento de Alcantarilla y la sociedad mercantil Eurolonja S.A. suscribieron un convenio de colaboración, el cual fue ratificado por el Pleno Municipal de fecha 31 de julio de 2000, cuyo objeto era establecer los compromisos iniciales para el desarrollo y construcción de una nueva Lonja de Pescados.

 

Entre los compromisos establecidos en el mencionado convenio, se encontraba la afectación al Servicio Municipal de Lonja de Pescados de una serie de terrenos de titularidad municipal ubicados en la Carretera de Mula, y en donde se proyectaba la construcción de las nuevas instalaciones de la Lonja de Pescados.

 

Por otra parte Eurolonja S.A. asumía en el mencionado convenio el compromiso de sufragar los gastos de conexión con los sistemas generales y a la urbanización de la parcela afectada por el Ayuntamiento para la construcción de las nuevas instalaciones de la Lonja de Pescados, siendo también de cuenta de Eurolonja S.A. la construcción de dichas instalaciones, así como asumir la gestión posterior de dichas instalaciones mediante la oportuna concesión administrativa.

 

Finalmente el convenio mencionado establecía que a la vista del proyecto de obras, memoria de gestión del servicio y estudio de costes a realizar por Eurolonja S.A., el Ayuntamiento prepararía un nuevo convenio en que quedaran establecidas las prescripciones de la concesión a otorgar a favor de Eurolonja S.A., para que dicha sociedad gestionase el nuevo servicio en el que se integrasen las nueva instalaciones de la Lonja de Pescados, todo ello con objeto de que el concesionario pudiera amortizar las inversiones realizadas en la construcción de la nueva Lonja y obtener las tarifas por el servicio suficientes para afrontar sus gastos de explotación.

 

            Considerando que por parte de Eurolonja S.A. se ha procedido a la construcción de las nuevas instalaciones de la Lonja de Pescados, estando cercana la finalización de las mismas.

 

Considerando la memoria de gestión del servicio y el estudio de costes derivados de la explotación de las instalaciones construidas, presentados por Eurolonja S.A., incluyéndose en dicho estudio los costes de amortización de la nueva Lonja de Pescados, todo ello en los términos establecidos en el convenio de fecha 29 de Julio de 2000 suscrito entre las partes, se hace por tanto necesario el otorgamiento del nuevo convenio que debe regir la concesión para la gestión indirecta del Servicio de Lonja de Pescados a otorgar en favor de Eurolonja S.A., tal y como disponía el convenio señalado.

 

            Vistos los informes favorables emitidos por los Servicios Municipales a la memoria y estudio económico presentado por Eurolonja S.A. para el otorgamiento de la concesión del Servicio de Lonja de Pescados a través de la suscripción del correspondiente convenio.

 

            Por todo lo expuesto se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente

 

ACUERDO

 

PRIMERO.- Aprobar como modo de gestión del Servicio Municipal de Lonja de Pescados la concesión administrativa que tiene por objeto la construcción y posterior gestión y explotación de unas nuevas instalaciones para ubicar dicho Servicio.

 

SEGUNDO.- Acordar la adjudicación a la mercantil Eurolonja S.A. de la concesión del Servicio de Lonja de Pescado en el municipio de Alcantarilla por un plazo de 31 años, la cual se desarrollará en las nuevas instalaciones construidas por la citada mercantil en los terrenos cedidos por el Ayuntamiento, todo ello en cumplimiento del Convenio de 29 de Junio de 2000 aprobado mediante acuerdo plenario de fecha  31 de julio de 2000.

 

TERCERO.- Los términos económicos en los que se perfecciona la concesión son los que se establecen en el estudio económico del Servicio presentado por Eurolonja S.A., el cual se aporta como Anexo al presente acuerdo formando parte del contrato que se formalice, resultando el resto de términos de la adjudicación de la siguiente forma:

 

- Objeto de la concesión.

 

Constituye el objeto de la concesión la gestión y explotación del Servicio Público Municipal de Lonja de Pescado a desarrollar en las nuevas instalaciones ubicadas en  carretera de Mula, en el paraje conocido como “Relevo de Caballos”.

 

Constituyen así mismo objeto de la concesión las nuevas obras de inversión que en su caso se deban realizar en el Servicio, cuando así lo acuerde el Ayuntamiento, ya sea por la ampliación o la modificación de las infraestructuras e instalaciones existentes.

 

- Titularidad del Servicio.

 

El servicio concedido seguirá ostentando en todo momento la calificación de Servicio Público Municipal.

 

La titularidad de las instalaciones, infraestructuras, bienes o elementos afectos o que en el futuro se afecten a ellos, tendrán en todo momento la calificación de bienes de dominio público con destino a servicio público.

 

El concesionario debe actuar siempre como mandatario personal del Ayuntamiento.

 

- Modificación de las características del Servicio.

 

Las características del Servicio objeto de la concesión podrán ser modificadas libremente por el Ayuntamiento en razón del interés público, sin perjuicio del mantenimiento del equilibrio económico de la concesión

 

- Comienzo de la prestación, duración del contrato y prórrogas.

 

Para el inicio de la prestación del Servicio queda fijado como fecha máxima el día 4 de septiembre de 2006, quedando clausuradas a partir de ese momento, o desde la fecha anterior a la mencionada si se adelanta el inicio de la prestación, las antiguas instalaciones del Servicio ubicadas en calle Alcalde Francisco Hernández Aráez.

 

El plazo de duración de la concesión será de treinta y un años, contados desde la fecha en que se produzca el inicio de la prestación del Servicio.

 

Concluido este periodo el contrato podrá prorrogarse, mediante acuerdo expreso de las partes, por periodos de cinco años, hasta un máximo de cincuenta años. No tendrá lugar la prórroga, en caso de denuncia del contrato, con una antelación de, al menos, un año, con anterioridad al vencimiento.

 

Se establece un plazo de continuidad garantizada de seis meses, inmediatamente siguiente a la expiración del contrato, cualquiera que sea su causa de extinción, durante el que el adjudicatario podrá ser obligado unilateralmente por el Ayuntamiento a continuar prestando el servicio en las mismas condiciones del contrato, durante la totalidad o parte de este plazo.

 

- Reversión del Servicio.

 

Cuando finalice el plazo contractual, todos los bienes afectos al Servicio revertirán al Ayuntamiento, debiendo el contratista entregar todas las obras e instalaciones en perfecto estado de conservación y funcionamiento.

 

Durante el período de vigencia de la Concesión deberán quedar amortizados, en todos sus aspectos, los bienes e inversiones, no correspondiendo al concesionario, a la finalización del contrato, indemnización alguna por este concepto.

 

Con seis meses de antelación a la finalización prevista del contrato, el Ayuntamiento designará un Interventor Técnico, que vigilará la conservación de las obras e instalaciones, e informará a la Corporación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para la correcta prestación del Servicio.

 

- Obras en el ámbito del Servicio.

 

El Concesionario ejecutará a su costa todas las obras e instalaciones de conservación, mantenimiento y reparación precisas para el adecuado funcionamiento del Servicio.

 

Así mismo, procederá al establecimiento de cuantas operaciones sean precisas, y a la realización de las infraestructuras e instalaciones que sean necesarias para cumplir adecuadamente el fin último del Servicio objeto de la Concesión.

 

El Ayuntamiento podrá encomendar al Concesionario la ejecución y financiación de obras de construcción de las nuevas infraestructuras que vayan a adscribirse al Servicio, que constituyan una ampliación de las ya existentes, resarciéndose en la forma que, en cada momento, se acuerde de las inversiones efectuadas.

 

- Recursos personales del Servicio.

 

El personal que desempeñe sus tareas en el Servicio, dependerá del Concesionario.

 

Cualquier contratación o acto en materia de personal realizado por el adjudicatario durante el plazo de duración de la Concesión, y que pueda tener incidencia después de su terminación, será sometida previamente a la aceptación, expresa y escrita, del Ayuntamiento. En caso contrario, serán de cuenta del Adjudicatario las indemnizaciones o compensaciones que pudieran proceder al término de la Concesión, por cualquier motivo, según la legislación vigente en ese momento, al no ser asumido el personal o la situación creada por la Corporación o por el nuevo adjudicatario.

 

En cualquier caso, en los nuevos contratos que celebre el concesionario se hará constar la exclusión de vinculación específica a la gestión de esta concesión y por lo tanto, al término de la misma, por cualquier causa, no podrá pretender que le sean de aplicación las prescripciones del artículo 44 del vigente Estatuto de los Trabajadores.

 

- Subcontratación.

 

En la Concesión adjudicada, la subcontratación sólo podrá recaer sobre prestaciones accesorias. En todo caso, se dará conocimiento por escrito al Ayuntamiento de los subcontratos a celebrar, con indicación de las partes del contrato a celebrar por el subcontratista.

 

Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Ayuntamiento

 

- Equilibrio Económico.

 

El equilibrio económico inicial de la concesión es el contenido en la memoria de gestión del servicio y el estudio de costes derivados de la explotación de las instalaciones construidas, todo ello presentado por Eurolonja S.A. y que constan como Anexo al presente acuerdo.

 

Se entiende, a dicho efecto, que las tarifas y rendimientos económicos accesorios propuestos por Eurolonja S.A. en su estudio económico, con expresa inclusión del canon a pagar al Ayuntamiento le permite, mediante una buena y ordenada administración, amortizar durante el plazo de la concesión el costo del establecimiento del Servicio, cubrir los gastos de explotación y un margen normal de beneficio industrial.

 

- Retribución del Concesionario.

 

El Concesionario gestionará el Servicio a su riesgo y ventura, con los derechos económicos que se regulan en el presente acuerdo. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 127.2 2º, a) del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, si el Ayuntamiento, en uso de su potestad administrativa, modificara las características de la concesión por motivos de interés público, compensará al concesionario por las modificaciones que le ordenare introducir en el Servicio y que incrementen los costos o disminuyan su retribución.

 

La retribución del Concesionario estará constituida por:

 

a) Las tasas y precios públicos del Servicio que deba percibir con cargo de los usuarios, con arreglo a las tarifas vigentes en cada momento, con exclusión del importe del canon que en cada momento haya de pagar al Ayuntamiento. Tarifas que vienen expresadas en el Anexo 2, capítulos I, II y III del estudio económico presentado por Eurolonja S.A. y referidos a los puestos de venta y oficina de asentadores, así como la entrada de vehículos a las instalaciones.

 

b) Las subvenciones que, en su caso, fuere preciso conceder para el mantenimiento del equilibrio económico de la Concesión.

 

c) Los rendimientos económicos de las instalaciones complementarias que sean susceptibles de obtener un rendimiento por ellas, descritos en los ingresos accesorios establecidos en el estudio económico presentado por Eurolonja S.A. y referidos al restaurante/cafetería ubicado en las instalaciones, al servicio de hielo, almacenamiento en la cámara central, reserva de muelles, sala de despiece y cámaras 0º.

 

- Tarifas y modificación.

 

Las tarifas a satisfacer por los usuarios del Servicio serán las establecidas en cada momento por el Ayuntamiento.

 

El incremento de la retribución del Concesionario, para mantener la economía de la concesión, se efectuará por cualquiera de los siguientes procedimientos:

 

a) Modificación de las tarifas.

b) Otorgamiento de subvenciones

 

La retribución del Concesionario en ningún caso podrá realizarse antes de cumplirse el primer año de prestación del Servicio. Las revisiones posteriores, durante la vida de la concesión, se efectuarán con periodicidad anual y con arreglo a la evolución que experimente el IPC regional anual.

 

Transcurridos cinco años desde la adjudicación de la concesión, el Concesionario redactará el correspondiente estudio económico con objeto de comprobar el cumplimiento y desarrollo del estudio económico incluido la memoria presentada por Eurolonja S.A. para la perfección de la concesión y que perfecciona el equilibrio inicial de la concesión, solicitando en su caso la incoación del expediente administrativo de modificación de tarifas que permita nuevamente equilibrar la concesión, caso de que dicho equilibrio se hubiera alterado de forma negativa para el concesionario. Dicha operación de revisión del equilibrio se efectuará en periodos de cinco años durante la vida de la concesión.

 

- Canon de la concesión.

 

El Canon total de la concesión estará compuesto por la suma de cada uno de los cánones anuales establecidos en el estudio económico presentado por Eurolonja S.A. para la perfección de la concesión.

 

Los cánones anuales de la concesión expresados por Eurolonja S.A. en el estudio económico presentado se abonarán al Ayuntamiento en el primer trimestre del año al que corresponda el canon, con independencia del cumplimiento o incumplimiento de las previsiones efectuadas por dicha mercantil en el mencionado estudio económico.

 

En caso de prórroga de la Concesión, el Ayuntamiento determinará la cuantía y forma de pago del Canon de prórroga que pudiera establecerse.

 

- Póliza de responsabilidad civil.

 

El Concesionario suscribirá la correspondiente póliza de seguro de Responsabilidad Civil por importe mínimo de Seiscientos mil euros (600.000 euros) por siniestro.

 

Dicha póliza deberá permanecer vigente a lo largo de toda la duración del contrato, actualizando el capital asegurado cada 3 años, mediante el incremento del I.P.C. regional anual acumulado desde la última actualización, extremo que el Concesionario acreditará siempre que lo solicite el Ayuntamiento.

 

 

- Formalización del contrato.

 

El contrato que se deriva del presente acuerdo se formalizará en escritura pública notarial, siendo a costa del Concesionario los gastos derivados de su otorgamiento.

 

- Reglamento del Servicio.

 

El Reglamento del Servicio es la norma de carácter general emanada del Pleno del Ayuntamiento, que regula el funcionamiento y forma de prestación del Servicio objeto de la presente concesión, en sus aspectos técnicos, organizativos, sanitarios, económicos, procedimentales, etc.

 

Dicho Reglamento deberá ser aportado por el Concesionario en el plazo máximo de un año desde la adjudicación del Servicio para que sea aprobado por el Pleno Municipal, con las modificaciones o correcciones que se estimen convenientes. El Ayuntamiento podrá, igualmente, modificar el Reglamento cuando lo considere conveniente para el interés público. En el procedimiento de modificación se dará audiencia al Concesionario.

 

- Ordenes del Servicio.

 

Las Ordenes de Servicio son las normas de carácter general emanadas del Alcalde Presidente del Ayuntamiento, u órganos delegados, que regulan el funcionamiento del Servicio en todo aquello no previsto en el Reglamento y, en su caso, completan, aclaran e interpretan las prescripciones de éste.

 

- Relaciones con los usuarios.

 

El Reglamento y las Ordenes del Servicio regularán las relaciones con los usuarios, promoviendo, en todo momento, el incremento de la capacidad de respuesta del Ayuntamiento en lo que afecte al Servicio.

 

Asimismo, el Concesionario, deberá llevar un Libro de Reclamaciones debidamente diligenciado por el organismo competente, que estará a disposición de los usuarios. En dicho libro, se recogerán las reclamaciones que estos efectúen, una copia de las cuales deberá ser enviada, obligatoriamente, por el concesionario al Ayuntamiento, dentro de los dos días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

 

- Huelga o cierre patronal.

 

En caso de huelga o cierre patronal, el Concesionario estará obligado a poner a disposición de la Autoridad todo el material y elementos adscritos al Servicio, y se hará cargo, también, del personal que le fuera asignado, en su caso, por dicha Autoridad para la continuidad de las prestaciones.

 

En todo caso, deberá avisar a la Administración Municipal con una antelación mínima de 48 horas al comienzo de los hechos aludidos.

 

El coste derivado de la intervención municipal en el Servicio, personal incluido, será de cuenta del concesionario.

 

 

- Inspección y Control.

 

El Servicio quedará sometido permanentemente al control del Ayuntamiento, que podrá revisar los trabajos realizados por el concesionario, en todo momento y lugar, sin menoscabo de la autonomía de este.

 

El Concesionario dispondrá de un Libro de Inspecciones para uso exclusivamente del Ayuntamiento, en el que quedarán reflejadas las que se realicen por el personal designado por el Ayuntamiento, así como las observaciones que dicho personal considere oportuno hacer para el mejor funcionamiento del Servicio, con expresión de la fecha en que se produzcan las inspecciones.

 

La inspección del servicio corresponde al Sr. Alcalde-Presidente o persona en quien delegue. En las visitas de inspección el Concesionario facilitará el acceso a oficinas, instalaciones y obras y el examen de documentos, que, en general, esté obligado a llevar.

 

- Jurisdicción y competencia.

 

El contrato que se deriva de la presente adjudicación es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

 

Corresponde al Ayuntamiento la interpretación del contrato que se formalice, así como del Reglamento del Servicio y las Ordenes del Servicio.

 

Los asuntos litigiosos que se susciten entre el Ayuntamiento y el Concesionario serán sometidos a la jurisdicción contencioso-administrativa competente.

 

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la mercantil Eurolonja S.A. para que en el plazo de 30 días desde la recepción de la notificación se presente en el Ayuntamiento para la suscripción del correspondiente contrato, previa presentación de la póliza de responsabilidad civil prevista en el presente acuerdo.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interior, celebrada el día 15-06. 2006, quedando favorable por 6 votos a favor del Grupo P.P., 3 en contra del Grupo P.S.O.E. y 1 abstención del Grupo de I.U.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación, quedó aprobada por mayoría, por 11 votos a favor del Grupo P.P., 8 votos en contra de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y  2 abstenciones por abandono de Saló del Sr. García Morata y de la Sra. Almagro Trigueros, y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO QUINTO.- MOCION DE LA TENIENTE DE ALCALDE DE PERSONAL, SOBRE APROBACIÓN DEL TEXTO DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL AYUNTAMIENTO.- Por la Teniente de Alcalde de Personal y Régimen Interior Dña. M. Dolores Fernández Gálvez, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que el Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Alcantarilla, en reunión celebrada el pasado día 16 de Mayo de 2006, acordó tras un amplio debate, y por unanimidad de sus integrantes, elevar para su aprobación por el Pleno de la Corporación, una serie de modificaciones al Texto del PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA que fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno el pasado día 12 de Abril de 2005.

Por todo lo anterior, y de hallarse conforme la presente propuesta, se propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar el Texto del PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA que se adjunta, y en el que se incluye la modificación y actualización del texto aprobado en su día por el Pleno de la Corporación.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interior celebrada el día 15-06-2006, quedando favorable por unanimidad de los miembros asistentes.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta, una vez conocida y sometida a votación, quedó favorable por 16 votos a favor de los Grupos P.P.; P.S.O.E. e I.U. y 3 abstenciones por ausencia y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO SEXTO.- PROPUESTA DEL TENIENTE DE ALCALDE DE HACIENDA, SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS TARIFAS DE LONJA DE PESCADOS DE ALCANTARILLA.- Por el Teniente de Alcalde de Hacienda D. Juan José Gómez Hellín, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que Juan José Gómez Hellín, concejal delegado de Hacienda, en virtud  las competencias que me han sido delegadas mediante  decreto dictado por la Alcaldía el 18 de julio de 2003 y de conformidad con la legislación de régimen local,

 

Considerando que el estudio económico y de viabilidad presentado por Eurolonja S.A. para la gestión mediante concesión administrativa del Servicio Municipal de Lonja de Pescados a ubicar en las nuevas instalaciones construidas a tal efecto, incluye las tarifas que permitirán obtener los ingresos necesarios para amortizar durante el plazo de la concesión los costes de establecimiento del Servicio, así como cubrir los gastos de explotación de dicho Servicio y un margen normal de beneficio industrial.

 

Considerando que dichas tarifas son diferentes a las vigentes en la actualidad en cuanto a la estructura y a la cuantía de las mismas, se hace necesario, una vez realizada la adjudicación de la concesión, la aprobación de esas tarifas propuestas por el concesionario para poder equilibrar los costes del servicio con los ingresos previstos con la aplicación de tales tarifas.

 

Por lo expuesto se propone la modificación de la ordenanza fiscal vigente para el Servicio Municipal de Lonja de Pescados, mediante la inclusión de las nuevas tarifas incluidas en el estudio de costes y de viabilidad económica que ha servido de base para la adjudicación de la concesión a Eurolonja S.A., tarifas que deberán entrar en funcionamiento junto con las nuevas instalaciones del Servicio, elevando por tanto al Pleno Municipal el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Aceptar las tarifas incluidas en el estudio económico y de viabilidad presentado por Eurolonja S.A. y que ha servido de base para la adjudicación de la concesión a la citada mercantil del Servicio Municipal de Lonja de Pescados.

 

SEGUNDO.- Aprobar inicialmente la modificación del epígrafe III del Anexo de tarifas de la Tasa por el Servicio de Lonjas, Plazas y Mercados y Suministro de Agua, quedando las tarifas señaladas en dicho epígrafe de la siguiente forma:

 

 

EPÍGRAFE III.- LONJA DE PESCADOS

 

POR ENTRADA DE VEHÍCULOS

Tarifa

1.- Por entrada de vehículos camiones vendedores mayoristas:

a) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado superior a 18.000 kg………

b) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado entre 7.500 y 18.000 kg……

c) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado inferior a 7.500 kg………….

 

 

 

8,00 €/entrada

 

7,00 €/entrada

 

6,00 €/entrada

2.- Por entrada de vehículos camiones compradores mayoristas:

a) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado superior a 18.000 kg………

b) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado entre 7.500 y 18.000 kg……

c) Camiones y vehículos articulados con peso máximo autorizado inferior a 7.500 kg………….

 

 

 

3,00 €/entrada

 

1,75 €/entrada

 

0,75 €/entrada

3.- Por entrada de vehículos de compradores minoristas..

0,75 €/entrada

 

 

POR PUESTOS DE VENTA Y OFICINA

Tarifa

1.- Por arrendamiento de puestos de venta:

- Cuota única inicial como derecho de explotación………………………………………

- Cuota mensual………………………………....

 

 

4.500,00 €

500,00 €/mes

2.- Por oficina de asentadores………………………….

300,00 €/mes

 

POR ACTIVIDADES ACCESORIAS

Tarifa

1.- Por arrendamiento restaurante/cafetería

1.200,00 €/mes

2.- Por servicio de hielo:

- Cuota única inicial como derecho de explotación………………………………………

- Cuota mensual por arrendamiento de cámara.....

- Cuota mensual por puesto de distribución….…

 

 

30.000 €

1.000,00 €/mes

300,00 €/mes

3.- Por servicio de cámara central:

- Caja grande (20 kg.)……………………………

- Caja mediana (10 kg.) ……..…………………..

- Caja pequeña (5 kg.) ….…….…………………

 

0,30 €/día

0,20 €/día

0,10 €/día

 

TERCERO.- Las tarifas modificadas de la Tasa por Lonja de Pescados no entrarán en vigor hasta la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones de Lonja de Pescados, por lo que se deberá incluir una disposición transitoria en la correspondiente ordenanza advirtiendo de tal extremo.

 

CUARTO.- Exponer al público de forma reglamentaria y por el periodo legal el presente acuerdo.

 

QUINTO.- En el caso de no presentarse reclamación alguna contra el contenido de la modificación aprobada de la Ordenanzas Fiscal relativa a la Tasa por el Servicio de Lonjas, Plazas y Mercados y Suministro de Agua, este acuerdo se considerará definitivamente aprobado, publicándose en el Boletín Oficial de la Región de forma reglamentaria.

 

SEXTO.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para el cumplimiento y ejecución de los precedentes acuerdos.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interior, celebrada el día 15-06. 2006, quedando favorable por 6 votos a favor del Grupo P.P., 3 en contra del Grupo P.S.O.E. y 1 abstención del Grupo de I.U.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación, quedó aprobada por mayoría, por 10 votos a favor del Grupo P.P. y 8 votos en contra de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO SÉPTIMO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE I.U. SOBRE DESARROLLO DE UNA LEY MARCO ESTATAL SOBRE VIDEOJUEGOS QUE GARANTICE LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES DE EDAD EN EL ACCESO A CONTENIDOS QUE PUEDAN RESULTAR NOCIVOS PARA SU DESARROLLO.-  Por el Concejal del Grupo Municipal de I.U. D. Cayetano Salas Díaz, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que Izquierda Unida, haciendo suyo el Informe sobre “Menores y Derechos Humanos, Responsabilidades en el juego”, elaborado por la Sección Española de Amnistía Internacional, en el que se pone de manifiesto, entre otras cosas que:

1.- La protección especial y prioritaria de la infancia es un principio recogido en diferentes instrumentos legales internacionales. La propia Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama en su artículo 25.2 que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. Y la Declaración y Programa de Acción de Viena, resultado de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1.993, reiteraba, cuarenta y cinco años más tarde, su convicción sobre el principio “los niños ante todo” en el marco de la promoción y protección de los derechos humanos.

El Estado Español, por la responsabilidad adquirida voluntariamente en el ámbito internacional y en virtud del principio de derecho internacional de la “diligencia debida”, tiene la obligación de esforzarse para cumplir con su deber de proteger a todas las personas contra el abuso de los derechos humanos.

2.- Según los últimos datos aportados por aDeSe, Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento, el 42% del total de población entre 7 y 34 años juega a los videojuegos, lo que supone cerca de 7 millones de jugadores en España. Un 62% de los menores entre 7 y 13 años juegan a los videojuegos, lo que equivale a casi 2 millones de niños y niñas, y un 74% de adolescentes entre 14 y 17 años, casi un millón y medio de jóvenes. Más del 50% de los niños y casi el 15% de las niñas reconoce que juega con videojuegos clasificados para mayores de 18 años. Asimismo, subraya que el 73% de los niños y el 39´5% de las niñas, juegan con videojuegos violentos; cifras muy preocupantes para Amnistía Internacional al considerar que los videojuegos, a diferencia de otros medios audiovisuales, exigen del usuario la interactividad, decidiendo cada una de las acciones del personaje.

3.- Amnistía Internacional continua constatando la falta de compromiso del Estado español con la protección de los menores ante contenidos a los que puede acceder a través de videojuegos con contenidos no recomendados para su edad; especialmente en aquellos clasificados para mayores de 18 años que, normalmente, se desarrollan en tormo a temáticas que explotan al máximo la violencia. Por lo tanto, el Gobierno español está haciendo dejación de los compromisos internacionales asumidos en materia de protección de los derechos de los menores y de los derechos humanos.

4.- Amnistía Internacional ha podido comprobar que las medidas de control existentes, hasta el momento, en el ámbito del territorio español sobre protección del menor en el acceso a contenidos audiovisuales como los videojuegos, son insuficientes e ineficaces.

El Código de autorregulación de la industria del software de entretenimiento es voluntario, se aplicar parcialmente, los criterios de clasificación del sistema PEGI no son los más idóneos (advierte de la existencia de contenidos que fomentan la “discriminación”) y no se ha realizado un esfuerzo suficiente para darlo a conocer entre los usuarios. Por lo que respecta a la legislación de la comunidades autónomas, no todas regulan específicamente el acceso a videojuegos y, eso si, todas carecen de mecanismos para supervisar el correcto cumplimiento de estas disposiciones legales. Además, Internet y la telefonía móvil son dos nuevos soportes, y todavía en expansión, canales de acceso muy atractivos y a disposición de los menores, sobre los que existe un autentico vacío de regulación.

5.- Amnistía Internacional ha comprobado que los videojuegos, en calidad de producto de consumo disponible en el mercado, carecen de la información completa y suficiente para que el usuario pueda realizar un consumo responsable y atento a los derechos de la infancia. Para la organización, la desinformación en torno a la compra y acceso a los videojuegos es especialmente grave en la medida en que afecta a los menores de edad, un colectivo al que el Estado Español se ha comprometido a prestar una protección especial y prioritaria ante cualquier actividad desarrollada por agentes públicos o privados.

6.- Amnistía Internacional ha constatado la inexistencia de mecanismos de control y seguimiento que garanticen que los menores no están accediendo a videojuegos con contenidos ilícitos o nocivos para su edad, y que proporcionen al consumidor un organismo al que dirigirse para presentar sus dudas o reclamaciones. La ausencia de estos mecanismos invalida cualquier efectividad que pudiera tener el código de autorregulación o la legislación autonómica para una protección efectiva del menor.

Por todo ello, MOCION:

PRIMERO.- El Ayuntamiento de Alcantarilla insta al Gobierno Español a la adopción de una legislación marco de ámbito estatal que garantice la protección de la infancia y la adolescencia en todo lo relativo a la producción, distribución, venta, publicidad y promoción de los videojuegos. Esta normativa debe proporcionar un marco adecuado en base al cual las comunidad Autónomas desarrollen medidas legislativas y de otra índole al respecto. Asimismo, la organización solicita al Gobierno que participe de forma activa en las iniciativas emprendidas para una mayor seguridad de los menores en su acceso a Internet y a las nuevas tecnologías en desarrollo como la telefonía móvil, siguiendo los ejemplos de Francia y Reino Unido, respectivamente. La protección del menor no puede quedar, en ningún caso, sujeta a la voluntariedad de las empresas ni presidida por las lógicas del mercado.

SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Alcantarilla insta al Gobierno Español que los videojuegos, como un producto de mercado más, contengan en su etiquetado toda la información necesaria sobre su contenido, los procesos de control a los que ha sido sometido, así como las vías para realizar una reclamación o consulta como consumidores del producto. En el mismo sentido, el Gobierno debe garantizar que en los puntos de venta:

a)      Los videojuegos queden expuestos al público ordenados de acuerdo con la categoría de edad para la que están clasificados.

b)      Los establecimientos de venta de juguetes, en ningún caso, dispongan de videojuegos para mayores de 18 años.

c)      Los catálogos y todos los materiales de promoción que incluyan videojuegos deberán indicar la categoría de edad por los que está se determina.

d)      La prohibición de la venta de videojuegos para mayores de edad a menores.

Será necesario acreditar la edad del consumidor con el DNI (siguiendo el modelo de la Ley alemana).

 

TERCERO.- El Ayuntamiento de Alcantarilla insta al Gobierno Español a que establezca un mecanismo de control y seguimiento que haga efectivo el ejercicio de los derechos del usuario relativos a la disponibilidad de información, posibilidad de reclamación, etc. De manera inmediata el Estado Español debe asumir una mayor implicación en la supervisión de los ya existentes, como el del Código de Autorregulación PEGI, demasiado flexible en algunos de los videojuegos en perjuicio de los menores. El Estado Español debe tener una postura concreta y una actitud critica ante los contenidos a los que acceden los menores en el mercado de videojuegos.

CUARTO.- El Ayuntamiento de Alcantarilla insta al Gobierno Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a desarrollar y concretar medidas legislativas y reglamentarias, en el ámbito de sus competencias, sobre el control del acceso de los menores a los videojuegos con contenidos no recomendados para su edad.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Régimen Interior, celebrada el día 15-06-2006, quedando favorable por unanimidad de los miembros asistentes.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y una vez sometida a votación, quedó aprobada por unanimidad de los miembros asistentes y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO OCTAVO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA, SOBRE APARATOS DE GERONTOGIMNASIA EN JARDINES.- Por el Concejal del Grupo Municipal de I.U. D. Cayetano Salas Díaz, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que la practica de actividad física regular es una de las prioridades en salud pública como forma de prevención de enfermedades crónico-degenerativas especialmente en la Tercera Edad.

En esta etapa de la vida están indicadas las actividades de bajo impacto, como caminar, nadar, bailar, hidrogimnasia, gerontogimnasia, etc.   

Son muchos los municipios del territorio español que se ha sumado a la educación de jardines y parques, instalando en algunas zonas aparatos de gerontogimnasia, ideados para las personas de la tercera edad, pudiendo realizar ejercicios que desarrollan la mejoría de su salud.

Los parques no deben olvidar a las personas mayores, para ello se deben adecuar los parques a sus necesidades, dotando estas zonas de gerontogimnasia de mobiliario adecuado a su bienestar: bancos, zonas de sombra, etc.

MOCION:

1.- Incluir  en aquellos parques y jardines de nuestra localidad, en la medida de sus posibilidades, área de gerontogimnasia.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Obras, Servicios y Urbanismo y Medio Ambiente celebrada el día 15-06-2006, quedando favorable por unanimidad de los miembros asistentes.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y una vez sometida a votación, quedó aprobada por mayoría por 17 votos a favor de los Grupo P.P.; P.S.O.E. e I.U. y 1 abstención de la Sra. Soler López por ausencia del Salón y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO NOVENO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE I.U. SOBRE “PASO ELEVADO EN LAS VISA DEL TREN ENTRE EL CENTRO DE SALUD Y EL CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL”.- Por el Concejal del Grupo Municipal de I.U. D. Cayetano Salas Díaz, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que en diciembre de 2002, el Grupo Municipal de Izquierda Unida presentó una moción que fue aprobada por unanimidad sobre el arreglo del paso elevado en las vías del tren entre el Centro de Salud y el Cuartel de la Guardia Civil.

Ha pasado más de tres años desde que se presentó esta moción, tiempo suficiente para que se hubiera solucionado este problema.

La capa de protección de la base de la plataforma ha desaparecido completamente.

La falta de esta protección hace del suelo un peligro para aquellos vecinos que utilizan la pasarela para cruzar a pie los barrios, sobre todo cuando llueve y la superficie está mojada, ya que resulta muy resbaladiza. Los caminos que llegan al paso elevado están sin asfaltar y cuando llueve es un barrizal intransitable.

Muchos vecinos nos comentan que prefieren pasar por debajo, cruzando las vías, con el peligro que esto supone con el paso del tren, ya que se sienten inseguros por la situación de deterioro del paso elevado.

Ante esta situación, el Grupo Municipal de Izquierda Unida en Alcantarilla presenta la siguiente MOCION:

-Solución urgente al problema de deterioro que sufre la pasarela elevada que une los barrios de Vistabella y San Roque-Huerto de los Frailes.

-Asfaltar los caminos que llegan hasta el paso elevado.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Obras, Servicios y Urbanismo y Medio Ambiente celebrada el día 15-06-2006, quedando favorable por unanimidad de los miembros asistentes.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y una vez sometida a votación, quedó aprobada por unanimidad de los miembros asistentes y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO DECIMO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE ADOPTAR MEDIDAS PARA EVITAR INUNDACIONES EN LOS PASOS INFERIORES A LA LINEA DEL FERROCARRIL.- Por el Concejal del Grupo Municipal Socialista D. Salvador Ruiz Jiménez, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que de todos son conocidas las inundaciones que se producen en los pasos inferiores de la línea del ferrocarril cuando llueve, tanto junto al Colegio Jacinto Benavente como en el Camino de la Voz Negra.

Este es un problema que persiste durante mucho tiempo, y los ciudadanos no alcanzan a comprender como no hay una solución a tan grave problema.

Por todo ello el Grupo Municipal Socialista presenta para su debate y aprobación el siguiente ACUERDO:

-Adoptar de manera urgente, las medidas necesarias para evitar las inundaciones en los pasos inferiores de la línea del ferrocarril.

Una vez conocida dicha propuesta y sometida a dictamen, quedó desestimada por 4 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 6 votos en contra del Grupo Municipal Popular.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación, quedó desestimada por 8 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 11 votos en contra del Grupo Municipal Popular y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO DECIMO PRIMERO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE DESISTIR EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PASO SUBTERRÁNEO EN C/ LA LINEA.- Por el Concejal de Grupo Municipal Socialista D. Salvador Ruiz Jiménez, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que en el Servicio de Atención al Vecino del Grupo Municipal Socialista, se han recibido cientos de firmas de vecinos del Barrio de Campoamor Sur oponiéndose a la construcción de un paso subterráneo que une Las Tejeras con el mencionado barrio a la altura de la calle La Línea.

Los argumentos que esgrimen los vecinos son absolutamente razonables y por lo tanto sería conveniente estudiar una opción alternativa a la que se está ejecutando en estos momentos.

Por todo ello el Grupo Municipal Socialista presenta para su debate y aprobación los siguientes ACUERDOS:

1º.- Desistir de la construcción del paso subterráneo que une Las Tejeras y el Barrio de Campoamor Sur a la altura de la C/ La Línea.

2º.- Estudiar una alternativa al paso subterráneo.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Obras, Servicios, Urbanismo y Medio Ambiente celebrada el día 15-06-2006, quedando desestimada por 4 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 6 votos en contra del Grupo Municipal Popular.

-Tomó la palabra la Teniente de Alcalde de Urbanismo Dña. Nuria Guijarro Carrillo indicando que estarían dispuestos a votar afirmativamente la moción si se eliminaba el punto primero del acuerdo e incluir en el punto segundo (que quedará como punto único), “estudiar una alternativa si la hubiera”, aceptándose así por el Concejal proponente.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta con la enmienda planteada por la Teniente de Alcalde de Urbanismo y una vez sometida a votación, quedó aprobada por unanimidad de los miembros asistentes el siguiente ACUERDO:

            -Estudiar una alternativa si la hubiera al paso subterráneo.”

PUNTO DECIMO SEGUNDO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE I.U. SOBRE ABANDONO Y RUINA EN QUE SE ENCUENTRAN LOS MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS DE ALCANTARILLA.- Por el Concejal del Grupo Municipal de I.U. D. Cayetano Salas Díaz, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español de 25 de Junio dispone en su artículo 7 que: Los Ayuntamientos cooperarán con los organismos competentes para la ejecución de esta Ley de conservación y custodia del Patrimonio Histórico Español comprendido en su término municipal, adoptando las medidas oportunas para evitar el deterioro, pérdida o destrucción. Notificará a la Administración competente cualquier amenaza, daño o perturbación de su función social que tales bienes sufran. Ejercerán asimismo las demás funciones que tengan expresamente atribuidas en virtud de esta ley.

En nuestra ciudad tenemos un pequeño puente sobre la importante acequia de la Alquibla, que ya está en desuso pero digno de ser conservado, pues es una reliquia que aún queda de la antigua ruta que comunicaba Murcia con Andalucía. Sin embargo, por su actual estado, no podemos decir que sea un lugar digno de ser visitado debido al abandono en que se encuentra, con los alrededores llenos de matorrales, suciedad, etc.

Son pocos los monumentos, lugares históricos y ecológicos que nos van quedado por el afán depredador de los beneficiarios del cemento y por la despreocupación o connivencia del equipo de gobierno. Por estas razones proponemos la siguiente MOCION:

-Que el Ayuntamiento desbroce y adecente nuestro Puente de las Pilas, identificándolo como monumento histórico, y cuide y adecente el resto de lugares históricos que ecológicamente conforman nuestro patrimonio.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Cultura, celebrada el día 15-06-2006, quedando desestimada por 4 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 6 votos en contra del Grupo Municipal Popular.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación quedó desestimada por 8 votos a favor de los Grupos I.U.y P.S.O.E. y 11 votos en contra del Grupo Municipal Popular y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO DECIMO TERCERO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE REALIZACIÓN DE PLANIFICACIÓN DE NECESIDADES EDUCATIVAS.- Por el Concejal d Grupo Municipal Socialista D. Alfonso Martínez Gómez, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que un año más la escolarización en nuestra ciudad genera numerosos conflictos debido a la falta de una planificación adecuada, como venimos denunciando reiteradamente y fundamentalmente en la etapa infantil.

No podemos continuar ni un minuto más sin que se realice un estudio riguroso sobre las necesidades educativas, máxime cuando estamos en periodo de revisión del Plan General que tiene que acoger los equipamientos educativos del futuro.

Por todo ello el Grupo Municipal Socialista presenta para su debate y aprobación el siguiente ACUERDO:

-Realización de un estudio de planificación de necesidades educativas para Alcantarilla.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Cultura, Juventud, Educación, Deportes y Festejos celebrada el día 15-06-2006, quedando desestimada por 4 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 6 votos en contra del Grupo Municipal Popular.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y tras un amplio debate por parte de los distintos Grupos Municipales y que queda recogido íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno y una vez sometida a votación quedó desestimada por 8 votos a favor de los Grupos P.S.O.E. e I.U. y 11 votos en contra del Grupo Municipal Popular y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO DECIMO CUARTO.- MOCION DEL GRUPO MUNICIPAL DE I.U. SOBRE ESTACIONAMIENTOS INDEBIDOS.- Por el Concejal del Grupo Municipal de I.U. D. Cayetano Salas Díaz, se dio cuenta de una propuesta en la que se expresa que en el mes de Mayo de 2005 este Grupo Municipal presentó una moción que fue aprobada, en la cual se solicitaba al Concejal de Tráfico, que la Policía Local realizara un mayor control sobre los estacionamientos indebidos, tanto en las aceras como en las calles y sin olvidar las plazas de uso para discapacitados haciendo uso de la grúa en aquellos casos que sea necesario.

Se ha avanzado mucho en este sentido, pero aún se puede observar que en numerosas calles y plazas se sigue estacionando mal, impidiendo el paso de peatones o dificultando el paso a carritos de niños o personas con discapacidad.

Este es lo que sucede en la C/ Carros, en la zona peatonal, que siempre tiene vehículos estacionados impidiendo o dificultando el paso de los viandantes.

Por todo esto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Alcantarilla PROPONE:

-Que en dicha calle, en la zona peatonal, se tomen las medidas oportunas para que los vehículos no puedan estacionar ni transitar.

Dicha propuesta fue dictaminada en la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana y Tráfico celebrada el día 15-06-2006, quedando favorable por unanimidad de los miembros asistentes.

La Corporación Municipal en Pleno a la vista de dicha propuesta y una vez sometida a votación, quedó aprobada por unanimidad de los miembros asistentes y acordando se sigan los trámites correspondientes a los oportunos efectos.

PUNTO DECIMO QUINTO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Se formularon diversos Ruegos que fueron recogidos íntegramente en el Diario de Sesiones de este Pleno.

 

            Y no habiendo más asuntos de que tratar, se levantó la sesión, siendo las dieciséis horas y treinta minutos del indicado día, de todo lo cual, yo la Secretaria General, doy fe.