ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA
URGENTE CELEBRADA POR LA
CORPORACION EN PLENO EL DIA
8 DE JULIO DEL AÑO 2004.
ASISTENTES:
Alcalde-Presidente:
D. Lázaro Mellado
Sánchez
D.
Salvador Ruiz Jiménez.
Tenientes de Alcalde: D. Antonio Carrasco Pellicer
D. Juan José Gómez Hellin Dña.
Antonia Tovar Madrid.
Dña. M. Dolores Fernández Gálvez D.
Alfonso Martínez Gómez.
Dña. M. Candelaria Sánchez Garnés Dña.
Amparo Narváez Manzanares
D. José Andrés Alvarez García D. Carmen Mengual García
D. Cristóbal García Morata D.
Cayetano Salas Díaz
Dña. Nuria Guijarro Carrillo
Secretaria
General:
Dña.
M. Encarna González Sáez.
Concejales
D. Francisco Munuera Moreno
Dña. Salud Hernández Aulló
D. José Martínez Gómez
D. Luciano Herrero Fernández.
En el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Alcantarilla,
siendo las trece horas correspondiente al día ocho
de Julio del año dos mil cuatro, previa
convocatoria cursada en tiempo y forma, se reúne la Corporación Municipal
en Pleno, al objeto de celebrar sesión extraordinaria urgente, bajo la Presidencia del Sr.
Alcalde-Presidente D. Lázaro Mellado Sánchez, con la asistencia de los Sres. Tenientes de Alcalde y Concejales que
arriba se expresan, presente
la Sra. Secretaria
General del Ayuntamiento, que certifica.
Declara abierta la sesión, se pasó al desarrollo de Orden
del Día como sigue:
PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN DE LA URGENCIA DE LA SESION.- Por el Teniente de Alcalde de Hacienda D. Juan José
Gómez Hellín, se dio cuenta de una propuesta de la Alcaldía-Presidencia
en la que se expresa que,
Atendida la posibilidad de
establecer en nuestro municipio el servicio de Programa de Televisión Local con
Tecnología Digital dentro del canal múltiple previsto en el marco del Plan
Técnico Nacional de la televisión digital local, aprobado al amparo de la Ley 41/1995, de 22 de
Diciembre, de Televisión Local por Ondas Terrestres.
Considerando que de
acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley mencionada es competencia
del Ayuntamiento Pleno la adopción del acuerdo pertinente para asumir la
gestión del Programa referido. De conformidad, asimismo, con lo preceptuado por
la disposición transitoria segunda de dicha norma, el plazo para solicitar el
otorgamiento de la concesión finaliza el día 8 de Julio de 2004.
Considerando la innegable
conveniencia de crear el servicio referido, que ha de redundar de modo
inequívoco en la satisfacción de los fines de interés general que este
municipio tiene atribuidos en beneficio de su comunidad local.
Considerando, por tanto la
urgente necesidad d adoptar los acuerdos pertinentes al respecto dentro del
plazo legalmente previsto y que no pueden ser pospuestos, dado que de no
adoptarlos en tiempo se perjudicaría de manera irreparable el interés general.
Por todo ello, se somete a consideración
de esta Corporación la aprobación de la urgencia de la sesión del presente
Pleno extraordinario convocado con este fin para el día 8 de Julio de 2004, a las doce horas y
treinta minutos. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 82
del Reglamento Orgánico Municipal y demás legislación de régimen local
aplicable al respecto.
La Corporación Municipal
en Pleno una vez conocida y sometida a votación, quedó aprobada por unanimidad
de los miembros asistentes.
PUNTO SEGUNDO.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE
ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACION AL SERVICIO DEL PROGRAMA DE TELEVISION LOCAL CON
TECNOLOGÍA DIGITAL.- Por el Teniente de Alcalde de Hacienda D. Juan José
Gómez Hellín, se dio cuenta de una propuesta de la Alcaldía-Presidencia
en la que se expresa que:
Atendido que, de conformidad con lo previsto en
el artículo 3, número 1, de la Ley
41/1995, de 22 de Diciembre, de Televisión Local por Ondas Terrestres, el
Ministerio de ciencia y Tecnología, por Real Decreto 439/2004, de 12 de Marzo,
ha aprobado el Plan técnico Nacional de la Televisión Digital
Local.
Resultando que el referido
Plan Técnico Nacional de la televisión digital local adjudica un canal múltiple
a la demarcación con referencia TLO6MU, denominación Murcia, y número de canal
múltiple 26. Dicho canal tendrá una potencia radiada aparente máxima de 6 Kw
y abarcará su ámbito los términos
municipales de Murcia, Alcantarilla, Santomera, Beniel, Fortuna, Abanilla y
Librilla, con una superficie total de 1.398,11 km2 y una densidad de población
de 334 habitantes/km2.
Resultando que el artículo
9 de la Ley
41/1995 antes mencionada dispone que, una vez aprobado en el Plan Técnico
Nacional de la
Televisión Digital Local la reserva de frecuencia para la
difusión de un canal múltiple de televisión local en una determinada
demarcación, los municipios incluidos dentro de la misma podrán acordar la
gestión por sí de un programa de televisión local con tecnología digital,
dentro del canal múltiple correspondiente a su demarcación, mediante el otorgamiento
de la oportuna concesión para su explotación por el organismo competente.
Considerando que
corresponde al Pleno de la Corporación Municipal, según preceptúa el
mencionado artículo 9 de la ley 41/1995, la adopción del acuerdo pertinente
para asumir la gestión directa de un Programa de Televisión Digital dentro del
canal múltiple de su demarcación.
Considerando que el
servicio de televisión local por ondas terrestres, que se gestione por los
municipios, queda sometido en su funcionamiento al cumplimiento de los
principios de objetivad, veracidad, pluralismo, promoción de la participación
ciudadana y protección del honor y demás, derechos reconocidos por la Constitución Española,
de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la repetida Ley 41/1995:
Considerando lo
establecido en la disposición Transitoria Segunda de la Ley 41/1995, el plazo para
solicitar el otorgamiento de la concesión de un programa dentro del canal
público asignado el ámbito de Murcia, Alcantarilla, Santomera, Beniel, Fortuna,
Abanilla y Librilla, finaliza el día 8 de Julio del corriente año 2004.
Considerando la innegable
conveniencia de crear el servicio referido que ha de redundar en la
satisfacción de los fines de interés general que este municipio tiene
atribuidos en beneficio de su comunidad local.
Esta
Alcaldía-presidencia, propone al Ayuntamiento Pleno de Alcantarilla, la
adopción de los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Expresar la
voluntad de esta corporación de asumir la gestión directa de un Programa de
Televisión Local con tecnología digital, dentro del canal múltiple citado en el
segundo párrafo de la presente propuesta de acuerdo, con la denominación
Murcia.
SEGUNDO.- Solicitar a la Consejería de Economía,
Industria e innovación, el otorgamiento a este municipio de Alcantarilla de la
concesión de explotación de un Programa de Televisión Local con tecnología
digital.
TERCERO.- Manifestar la
voluntad y compromiso del Pleno de la Corporación de aplicar en la gestión del servicio
de Programa de Televisión Local con tecnología digital los principios a que se
ha hecho referencia, regulados en el artículo 6 de la Ley 41/1995, de 22 de
Diciembre, de Televisión Local por Ondas Terrestres.
CUARTO.- Autorizar a la Alcaldía-Presidencia,
tan ampliamente como en derecho proceda, para que realice cuantas actuaciones
sean pertinentes al respecto y suscriba y formalice, en nombre de la Corporación Municipal,
cuantos documentos precise la ejecución del presente acuerdo.
El Ayuntamiento Pleno, tras el
correspondiente debate y deliberación aprobó por unanimidad de todos los
miembros asistentes de la
Corporación la propuesta transcrita, y acordó se sigan los
trámites correspondientes a los oportunos efectos.
Y no
habiendo más asuntos de que tratar, se levantó la sesión, siendo las trece
horas y quince minutos del indicado día, de todo lo cual, yo la Secretaria General,
doy fe.
DILIGENCIA: La pongo yo, la Secretaria General,
hacer constar que la anterior Acta , correspondiente a la Sesión extraordinaria
urgente de Pleno del día 08/07/2004, ha quedado extendida en los folios del 56
al 59 de la clase 8ª y número del OH0918881 al OH0918884 del presente libro, de
todo lo cual certifico.
Alcantarilla, 26 de Julio de 2004.
Fdo.
M. Encana González Sáez.