Tributos a la carta

Los tributos a la carta es una manera cómoda y flexible de pagar los tributos municipales, realizando el pago a lo largo del año en los plazos que elija el contribuyentes de entre los ofertados.

¿Qué tributos puedo pagar bajo este sistema de tributos a la carta?

A través de los tributos a la carta se podrán pagar de forma individiual o agrupada los recibos de IBI, IVTM e IAE

Requisitos para la adhesión al sistema de tributos a la carta

No tener deuda pendiente con el Ilmo Ayuntamiento de Alcantarilla, salvo que tuviera concedido un aplazamiento que esté cumpliendo en los términos del acuerdo de concesión.
La cuota calculada a pagar en cada plazo, no podrá ser inferior a 30 €.
La forma de pago será obligatoriamente mediante domiciliación bancaria en el IBAN informado.
Que los tributos seleccionados en el sistema de tributos a la carta, consten como sujeto pasivo al mismo nombre y DNI /CIF que el solicitante.

Periodiciad de los pagos

Mensual. Doce cuotas cuyo cobro se realizará los días 5 de cada mes, desde el 5 de enero al 5 de diciembre inclusive.

Bimestral. Seis cuotas, siendo sus periodos de cobro:

5 de febrero
5 de abril
5 de junio
5 de agosto
5 de octubre
5 de diciembre

Trimestral. Cuatro cuotas, siendo sus periodos de cobro:

5 de marzo
5 de junio
5 de septiembre
5 de diciembre

Semestral. Dos cuotas, siendo sus periodos de cobro:

5 de junio
5 de diciembre

Anual. Una única cuota cuyo cobro se realizará el 5 de junio, realizándose una cuota de regularización el 5 de diciembre.

IMPORTE DE LOS PLAZOS

Por parte de la Recaudación Municipal se realizará una estimación del importe de los plazos que el solicitante debe pagar, en base a los datos que ya consten del ejercicio anterior, realizándose en el último plazo la regularización a la baja o al alza una vez se dispongan de los datos tributarios del ejercicio en el que se está realizando el pago.
En cualquier momento el solicitante podrá solicitar la baja en el sistema de tributos a la carta, pagando de una sola vez todos los plazos pendientes.

DURACIÓN

Una vez adherido al sistema de tributos a la carta, tendrá un periodo de validez indefinido, salvo que conste manifestación expresa en contrario por parte del solicitante o se incumplan alguno de los requisitos de la adhesión. El solicitante deberá comunicar cualquier cambio que se produzca en los datos de la adhesión al sistema de tributos a la carta, que surtirá efectos en el ejercicio siguiente.

IMPAGO DE ALGUNO DE LOS PLAZOS

El impago de uno de los plazos determinará que el importe del plazo impagado sea sumado al siguiente que deba de satisfacer el solicitante.
El impago de dos plazos consecutivos determinará la anulación automática del sistema de tributos a la carta.
En ese momento, la forma de pago de cada tributo pasará a ser la misma que para el resto de contribuyentes, con los plazos y vencimientos publicados en las ordenanzas municipales.
Si la deuda estuviera vencida se procederá a su cobro mediante el procedimiento de apremio correspondiente.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior al que se refiere la solicitud.

La solicitud para realizar el pago de sus tributos a la carta la podrá realizar, o bien presentado instancia en la Oficina de Registro y Atención Ciudadana (aquí el modelo de instancia), o bien a través de la sede electrónica (a través de este enlace).

En la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcantarilla podrá encontrar toda la información.