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Este servicio se encuentra financiado íntegramente con los fondos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, en el marco del PLAN CORRESPONSABLES, y en colaboración con el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El objetivo general del Plan Corresponsables es avanzar hacia la garantía del cuidado de menores, desde el enfoque de derechos y de igualdad de mujeres y hombres, según el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, al margen de la condición laboral de las personas beneficiarias.

1. DESTINATARIOS:

Menores escolarizados de 3 a 16 años del municipio de Alcantarilla.

2. COSTE DEL SERVICIO

Esta actividad es GRATUITA, gracias a la financiación a través del Plan Corresponsables.

3. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS:

Total: 240, distribuidas en tres centros escolares, a razón de 80 por centro escolar.

4. LUGAR DE REALIZACIÓN:

Tendrán lugar en los siguientes centros educativos:

+ CEIP Jacinto Benavente. Calle Alcalde Alfonso Pacheco Martínez, s/n, 30820 Alcantarilla, Murcia, Murcia

+ CEIP Nuestra Señora de la Salud. Calle Madrid nº 92, 30820 Alcantarilla, Murcia

+ CEIP Las Tejeras. Avenida Ejército del Aire,  30820 Alcantarilla, Murcia

En el caso de que el centro seleccionado tenga sus plazas completas y existan vacantes en otro centro educativo, se podrá tramitar derivar al menor.

5. CALENDARIO/FECHAS DE REALIZACIÓN DE LA CONCITECA-EDUTECA:

La Conciteca-Eduteca 2024-2025 tendrá un plazo de ejecución de Octubre de 2024 al 24 de junio de 2025, ambos incluidos, exceptuando las fechas de celebración de las escuelas de periodos no lectivos (navidad, semana santa) ya que se ofertarán plazas a través de las escuelas de periodos no lectivos.

6. HORARIO:

+ Lunes a viernes: 16-20:30 h

+ Sábados:

Ordinario: de 9-13 h

Extraordinario: de 8-9 h, y de 13-14 h

En relación a la salida, siempre con animo de facilitar la conciliación de las familias, pero también para preservar el buen funcionamiento del servicio, se estipulan dos franjas de salida:

+ Lunes a viernes: a las 18:30 h o a las 20:30 h

+ Sábados: a las 11:00 h o a las 13:00 h

7. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes, junto con la documentación requerida deberán presentarse en la web https://www.vitaeventsformacion.es/inscripciones

Deberá presentarse una solicitud por cada menor. El formato es digital, pero en la misma inscripción deberá incluir la solicitud ordinaria. Ésta irá debidamente firmada y cumplimentada por ambos progenitores/as, tutores/as o representantes legales excepto en aquellos casos en que, por las circunstancias, sea imposible realizarlo (familia monoparental/marental, perdida de la patria potestad por sentencia judicial, viudedad, otros), adjuntando la documentación que acredite tales circunstancias.

Las personas que tengan algún tipo de dificultad digital, podrán solicitar el apoyo necesario para tramitar la gestión llamando al teléfono: 692 876 602.

Asimismo, se encontrarán solicitudes tanto en la pagina web, como en las propias dependencias de la concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer, sita en calle Felipe Lopez Navarro s/n.

Se comunicará la admisión a través de un correo a la dirección de email proporcionada y mediante la publicación en la misma web el listado de inscritos (https://www.vitaeventsformacion.es/inscripciones).

En el caso de que todas las plazas se encuentren cubiertas, se les notificará que su solicitud entra en lista de espera.

Se ruega a las familias que indiquen claramente APELLIDOS Y NOMBRE DEL/LA MENOR para el que se solicita plaza, así como el resto de los datos.

En relación a los menores necesidades educativas especiales, entendiendo que son aquellos que “… requieren por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta” “(Art. 73, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación); el Servicio de Eduteca-Conciteca no es un proyecto de carácter reglado, y por tanto, obligatorio, no contando, en este caso, con reserva de plazas para menores con necesidades educativas especiales según los criterios aplicables a los fondos recibidos para la financiación de la misma. En cualquier caso, y siempre con el espíritu de atender en la medida de lo posible las necesidades que pudieran surgir, se reserva el derecho a valorar cada petición que se presente, pudiendo denegar la solicitud de inscripción, siempre con el fin último de preservar el bienestar del niño o niña.

En todo caso, los padres, madres, tutores o la persona autorizada por éstos, deberá poner en conocimiento de la concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer, las necesidades concretas de atención que precisa el niño o la niña con carácter previo a la inscripción, al objeto de que pueda realizarse la citada valoración y la posibilidad o no de atención adecuada dentro del proyecto. En el supuesto de que se omita dicha información, o no se sea la adecuada y suficiente, el Ayuntamiento de Alcantarilla, como responsable del proyecto, se reserva el derecho de inadmisión de los menores.

8. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION DE LAS PLAZAS:

a. Criterios de prioridad:

Estos criterios se aplicarán solamente en el caso de la existencia de más solicitudes que plazas disponibles.

Se priorizarán las siguientes situaciones y se valorarán con 5 PUNTOS añadidos cada una de ellas, siendo acumulables entre sí y debiendo ser debidamente justificadas mediante la documentación oportuna:

1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer. (5 PUNTOS).

2. Monoparentales. (5 PUNTOS).

3. Mujeres en situación de desempleo de larga duración que deseen formarse o buscar un empleo. (5 PUNTOS).

4. Mujeres mayores de 45 años.

5. Familias con otras responsabilidades a cargo. (5 PUNTOS).

6. Nivel de renta que no supere el IPREM. (5 PUNTOS).

b. Criterios de desempate:

En el caso de superación de solicitudes a las plazas ofertadas, se tendrá en cuenta la puntuación del criterio anterior, por orden de puntuación (de mayor a menor); asimismo, en el caso de igualdad de puntuación, se atendrá al orden de la fecha de entrada de la solicitud atendiendo al criterio de temporalidad.

9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD:

a. Documentación obligatoria:

* Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales. Para ser aceptada la solicitud deberá estar cumplimentada, firmada y documentada debidamente.

* DNI/NIE o copia de la primera página del pasaporte si no dispusiera del anterior, de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.

* DNI/NIE que acredite la identidad de cada una de las personas autorizadas para la recogida del menor, en su caso.

* Libro de familia (apartados de progenitores/as e hijos/as), o en su defecto, Certificado de Nacimiento (expedido por el Registro Civil) o resolución judicial o administrativa; y documentación acreditativa de la inscripción de otros/as menores dependientes de la unidad familiar del solicitante.

* Tarjeta sanitaria del menor.

* En el caso de haber señalado el apartado de enfermedades, alergias y /o Necesidades educativas especiales se incluirá Informe Médico o técnico (se puede aportar la que obra en poder del centro educativo de referencia):

* Medicación habitual por enfermedades crónicas

* Alergias

* Intolerancias alimentarias

* Informe médico o técnico de los equipos de orientación, que acredite Necesidad educativa especial del menor.

b. Otra documentación

En los casos que se hayan señalado las situaciones descritas en el apartado 7.a., para valoración con carácter prioritario con 5 PUNTOS añadidos, de forma acumulable, debiendo presentar además de los documentos anteriores, la siguiente documentación actualizada justificativa, según sea su caso (si usted no quiere o no puede acreditar los criterios de prioridad NO presente la siguiente documentación):

□ 1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer, mediante acreditación de víctima, presentando al menos uno de los siguientes documentos:

· Sentencia definitiva.

· Orden de protección vigente.

· Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima hasta tanto se dicte la orden de protección.

· Resolución judicial en vigor con medidas cautelares penales.

· Documento acreditativo de la condición de víctima emitido por la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género

□ 2. Monomarentales/monoparentales, entendiendo como tales aquellas en la que los menores únicamente estén reconocidos legalmente por el padre o por la madre, aquellas constituidas por una persona viuda o en situación equiparada, con hijos o hijas que dependan económicamente de ella, aquellas formadas por una persona y su descendencia sobre la que tenga en exclusiva la patria potestad, etc., y cualquier situación equiparable según normativa aplicable, debiendo aportar documentación justificativa (título de familia monoparental, libro de familia, certificado de fallecimiento otro progenitor, etc.)

□ 3. Mujeres en situación de desempleo de larga duración, aportando certificado emitido por el SEF en el que se acredite una duración de la inscripción en situación de desempleo mayor de 12 meses.

□ 4. Mujeres mayores de 45 años, mediante aportación de DNI.

□ 5. Familias con otras responsabilidades a cargo relacionadas con los cuidados, mediante aportación de resolución del grado de discapacidad y/o situación de dependencia de las personas de la unidad familiar de convivencia.

□ 6. Nivel de renta que no supere el IPREM de la unidad familiar de convivencia, mediante la aportación de la siguiente documentación ACTUALIZADA, según el caso:

· Si trabaja, dos últimas nóminas.

· Si recibe algún tipo de percepción, ayuda y/o pensión pública o privada, aportar justificante que acredite la cuantía que percibe y el número de pagas.

· Si no recibe ningún tipo de percepción, ayuda y/o pensión, presentar declaración jurada junto con justificante negativo de percepción de ayudas.

· Informe de vida laboral actualizado.

· Si es una persona autónoma, presentar declaraciones periódicas por I.V.A e I.R.P.F y las declaraciones presentadas por ambos impuestos durante el año en curso.

· Cualquier otra documentación que justifique la situación planteada.

· La valoración del apartado de ingresos y situación depende de la documentación que se presente. Por ello, hay que justificar todos los datos de los adultos de la unidad familiar. En caso de que no se disponga de documentación o se presenten inexactitudes, no se valorará.

*La omisión o falsedad de los datos que se hagan constar en la solicitud, o la falsedad de los documentos aportados, podrá ser causa de anulación de dicha solicitud.

10.NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Para garantizar el buen funcionamiento del servicio, se estipula una normativa que recoge los puntos fundamentales que deben ser conocidos y aceptados por las familias participantes:

· El obligatorio respetar los horarios de entrada y salida del proyecto, pudiendo elegir en las dos franjas de salida estipuladas:

o De lunes a viernes: a las 18:30 h o a las 20:30 h

o Sábados: a las 11:00 h o a las 13:00 h.

· Los niños y niñas podrán salir solos del programa para ir a casa únicamente si tienen al menos 10 años y siempre y cuando se refleje esta autorización en la ficha de inscripción.

· En ningún caso se entregará a un menor a una persona no autorizada en la ficha de recogida. En el caso de que los progenitores o tutores/as autorizados no puedan realizar la recogida, deberán ponerse en contacto con la oficina central de VitaEvents para informar de la persona que se encargará de la misma, notificando su nombre/apellidos y su dni.

· Las familias deberán informar a la coordinadora general del servicio de las faltas de asistencia que puedan producirse. En el caso de que éstas sean justificadas, no conllevarán ninguna penalización.

· En el caso de que los/as menores presenten más de 3 faltas de asistencia sin justificar en un mes, el servicio se reserva el derecho de cancelar la plaza para su posterior ofrecimiento a otra familia que se encuentre en lista de espera. Este hecho será comunicado de forma telefónica y por escrito.

· La inscripción en la actividad conlleva el compromiso de participar en todas las actividades que forman parte del programa, siendo las mismas diseñadas teniendo en cuenta las normativas vigentes en materias de Educación (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación).

· Los/as menores participantes podrán llevar una merienda sencilla para ser consumida en el centro educativo durante el horario estipulado.

SUPUESTOS DE BAJA:

Suspensión del derecho de asistencia:

En los casos en los que se produzcan conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, entendiendo por tales las faltas tipificadas como graves o muy graves en la normativa facilitada en la GUIA PARA LAS FAMILIAS, se suspenderá el derecho a la asistencia al proyecto durante 3 días, previa información a las familias.

En el caso en que se produzcan más de 3 faltas de puntualidad no justificadas en la recogida de los niños y niñas.

Baja del servicio:

En el caso de reincidencia, se causará baja en el programa de manera definitiva.

Cuando un/a menor acumule 3 faltas sin justificar en el proyecto, causará baja en el programa.

11.OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

En el caso de necesidad de ampliación de información puede dirigirse a conciteca@vitaevents.es o llamar al teléfono 692 876 602.

Para cualquier duda o reclamación las familias podrán ponerse en contacto con la persona coordinadora de la actividad, y en última instancia con la coordinación de la Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer.