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La Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer ha puesto en marcha el procedimiento de inscripción en la Escuela municipal de verano 2025. La actividad se realizará en el CEIP Jara Carrillo entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2025.

El objetivo general del Plan Corresponsables es avanzar hacia la garantía del cuidado de menores, desde el enfoque de derechos y de igualdad de mujeres y hombres, según el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, al margen de la condición laboral de las personas beneficiarias. Y entre su objetivos específicos, destaca:

+ Favorecer la conciliación de familias con niñas, niños y jóvenes menores de hasta 16 años de edad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.

Destinatarios

Menores de 3 a 16 años del municipio de Alcantarilla

Número de plazas ofertadas

  • Julio: 250
  • Agosto: 125

Se establece una reserva de plazas adicional, para menores con necesidades educativas especiales (en adelante NEE), y/o discapacidad/ dependencia, conforme a lo siguiente:
* El número de plazas para la Escuela de Verano se establece en un máximo de 20 plazas, distribuidas en 15 plazas para el mes de julio y 5 para el mes de agosto.

Las plazas podrán adjudicarse por meses completos o por quincenas, atendiendo a las solicitudes de las familias.

Lugar, fechas y horario de realización de la Escuela

La Escuela Municipal de Verano 2025 se realizará en:
Centro de Educación Infantil y Primaria Jara Carrillo
C/ Médico José Capel, s/n de Alcantarilla
Las fechas de realización de la Escuela serán:
1 de julio al 31 de agosto de 2025, ambos incluidos
El horario previsto será:
 9:00 h a 14:00 h (de lunes a viernes) 

Plazos de solicitud y lugar de presentación

Se abre el plazo de solicitud del 26 de mayo al 8 de junio de 2025, ambos incluidos.

Deberá presentarse una solicitud por cada menor de la unidad familiar que quiera optar a plaza, la cual irá debidamente firmada y cumplimentada por ambos progenitores/as, tutores/as o representantes legales excepto en aquellos casos en que, por las circunstancias, sea imposible realizarlo (familia monoparental/marental, pérdida de la patria potestad por sentencia judicial, viudedad, otros), adjuntando la documentación que acredite tales circunstancias.

Las solicitudes de plaza para la Escuela de Verano 2025, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano o, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento https://alcantarilla.sedelectronica.es

Criterios de prioridad para adjudicación de las plazas

Se priorizarán las siguientes situaciones y se valorarán con 5 PUNTOS añadidos cada una de ellas, siendo acumulables entre sí y debiendo ser debidamente justificadas mediante la documentación oportuna:

1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer (5 PUNTOS).

2. Familias Monoparentales (5 PUNTOS).

3. Personas con discapacidad en la unidad familiar (5 PUNTOS).

4. Familias cuyo nivel de renta no supere el IPREM (5 PUNTOS).

5. Unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionados con los cuidados (5 PUNTOS).

Constitución de la lista de admitidos/as y lista de espera

+ La lista de admitidos estará constituida en todos los casos, con las solicitudes que cumplan los requisitos y de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta los
criterios de prioridad anteriores.

+ En el caso de que la demanda de plazas sea superior a la oferta, se realizará un sorteo para aquellos solicitantes que tengan los mismos puntos, por orden decreciente de puntuación. En tal caso, la ordenación de la lista se realizará a partir de una letra elegida “al azar”, que se corresponderá con la primera letra del apellido del solicitante. Esta operación será realizada con la colaboración del Servicio de Informática del Ayuntamiento y mediante soporte
digital.

En este caso, el sorteo se realizará el 10 de junio de 2025.

+ La lista de espera, se constituirá en todos los casos por:

* Cumplimiento de requisitos.
* Solicitud completa de documentación a presentar.
* Por puntuación obtenida.
* En última instancia, si la demanda es mayor a la oferta, la ordenación de la lista se realizará a partir de una letra elegida “al azar”, conforme a lo establecido en el punto anterior.

Menores con necesidades educativvas especiales

Se establece una reserva de plazas adicional, para menores con necesidades educativas especiales (en adelante NEE), y/o discapacidad/ dependencia, conforme a lo siguiente:
El número de plazas para la Escuela de Verano se establece en un máximo de 20 plazas, distribuidas en 15 plazas para el mes de julio y 5 para el mes de agosto.
La estimación aproximada del número de participantes vendrá establecida por la población a atender. Dada las necesidades especiales de las personas a atender, se establecerán unas ratios en función de la discapacidad/dependencia. De este modo, la ratio establecida es:

– Grado 1 de dependencia (del 33% al 40% grado de discapacidad) 6 alumnos por monitor/a
– Grado 2 de dependencia (del 41% al 55% grado de discapacidad) 4-5 alumnos por monitor/a
– Grado 3 de dependencia (del 56% al 75% grado de discapacidad) 3-1 alumnos por monitor/a
– Grado de discapacidad de más del 75%, 1 alumno por monitor/a

En todo caso, los padres, madres, tutores o la persona autorizada por éstos, deberá poner en conocimiento de la concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer, las necesidades concretas de atención que precisa el niño o la niña con carácter previo a la inscripción, al objeto de que pueda realizarse la citada valoración y la posibilidad o no de atención adecuada dentro del proyecto. En el supuesto de que se omita dicha información, o no se sea la adecuada y suficiente, el Ayuntamiento de Alcantarilla, como responsable del proyecto, se reserva el derecho de inadmisión de los menores.

Normas Generales del Servicio

Para garantizar el buen funcionamiento del servicio, se estipula una normativa que recoge los puntos fundamentales que deben ser conocidos y aceptados por las familias participantes:

* Los niños y niñas podrán salir solos del programa para ir a casa únicamente si tienen al menos 10 años y siempre y cuando se refleje esta autorización en la ficha de inscripción.

* En ningún caso se entregará a un menor a una persona no autorizada en la ficha de recogida. En el caso de que los progenitores o tutores/as autorizados no puedan realizar la recogida, deberán ponerse en contacto con la empresa gestora del servicio para informar de la persona que se encargará de la misma, notificando su nombre/apellidos y su DNI.

* Las familias deberán informar a la coordinadora general del servicio de las faltas de asistencia que puedan producirse. En el caso de que éstas sean justificadas, no conllevarán ninguna penalización.

* En el caso de que los/as menores presenten más de 3 faltas de asistencia sin justificar, el servicio se reserva el derecho de cancelar la plaza para su posterior ofrecimiento a otra familia que se encuentre en lista de espera. Este hecho será comunicado de forma telefónica y por escrito.

* En los casos en los que se produzcan conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, (amenazas verbales de agresión, mobbing, hurtos, escaparse
del centro, reiteración de actitudes, romper de forma intencionada instalaciones, materiales, etc…) se suspenderá el derecho a la asistencia al proyecto durante 3 días, previa información a las familias.

* La inscripción en la actividad conlleva el compromiso de participar en todas las actividades que forman parte del programa, siendo las mismas diseñadas teniendo en cuenta las normativas vigentes en materias de Educación (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación).

Normas de convivencia del alumnado participante

* El cumplimiento de las directrices de los/as monitores/as.

* La adecuada y correcta participación en las actividades.

* Ser puntual.

* El mantenimiento de una actitud correcta en las actividades, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer.

* El respeto a los monitores/as tanto en el resto del recinto escolar así como en las actividades realizadas fuera del mismo.

* El trato correcto hacia los/as compañeros/as, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal.

* El cuidado de las instalaciones y materiales en las actividades realizadas.

* La participación y colaboración en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima en el centro.

* El respeto a la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los/as participantes.

Documentación a presentar junto a la solicitud

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales. Para ser aceptada deberá estar cumplimentada, firmada y documentada debidamente.

DNI/NIE o copia de la primera página del pasaporte si no dispusiera del anterior, de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.

DNI/NIE que acredite la identidad de cada una de las personas autorizadas para la recogida del menor, en su caso.

Libro de familia (apartados de progenitores/as e hijos/as), o en su defecto, Certificado de Nacimiento (expedido por el Registro Civil) o resolución judicial o administrativa; y documentación acreditativa de la inscripción de otros/as menores dependientes de la unidad familiar del solicitante.

Tarjeta sanitaria del menor.

En el caso de haber señalado el apartado de enfermedades, alergias y/o necesidades educativas especiales se incluirá Informe Médico o técnico (se puede aportar la que obre en poder del centro educativo de referencia):

   * Medicación habitual por enfermedades crónicas
   * Alergias
   * Intolerancias alimentarias
   * Informe Médico o técnico de los equipos de orientación, que acredite la Necesidad Educativa Especial del menor.

Otra documentación.

En los casos que se hayan señalado cada una de las siguientes situaciones, para valoración con carácter prioritario con 5 PUNTOS añadidos, de forma acumulable, deberá presentar además de los documentos anteriores, la siguiente documentación actualizada justificativa, según sea su caso (si usted no quiere o no puede acreditar los criterios de prioridad NO presente la siguiente documentación):

1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer, mediante acreditación de ser víctima de violencia de género, presentando al menos uno de los siguientes documentos:

    Sentencia definitiva y firme que condene a la persona agresora.
    Resolución judicial por la que concluye el procedimiento penal de la que se deduzca que la persona solicitante ha sido víctima de violencia de género.
    Orden de protección vigente.
    Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
    Resolución judicial en vigor con medidas cautelares penales.
    Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género emitido por el CAVI.

2. Monoparentales, entendiendo como tales aquellas en la que los menores únicamente estén reconocidos legalmente por el padre o por la madre, aquellas constituidas por una persona viuda o en situación equiparada, con hijos o hijas que dependan económicamente de ella, aquellas formadas por una persona y su
descendencia sobre la que tenga en exclusiva la patria potestad, etc., y cualquier situación equiparable según normativa aplicable, debiendo aportar documentación
justificativa (título de familia monoparental, libro de familia, certificado de fallecimiento otro progenitor, etc).

3. Unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados: mediante calificación de minusvalía y/o dependencia en algunos de sus miembros.

4. Personas con discapacidad en la unidad familiar, mediante calificación de
minusvalía en algunos de sus miembros.

5. Nivel de renta que no supere el IPREM, mediante la aportación de la siguiente documentación ACTUALIZADA, según el caso:

    Si trabaja, dos últimas nóminas.

    Si recibe algún tipo de percepción, ayuda y/o pensión pública o privada, aportar justificante que acredite la cuantía que percibe y el número de pagas.

    Si no recibe ningún tipo de percepción, ayuda y/o pensión, presentar declaración jurada junto con justificante negativo de percepción de ayudas.

    Informe de vida laboral actualizado.

    Si es una persona autónoma, presentar declaraciones periódicas por I.V.A e I.R.P.F y las declaraciones presentadas por ambos impuestos durante el año en curso.

    Cualquier otra documentación que justifique la situación planteada.

Fechas que tener en cuenta

DEL 26 DE MAYO AL 8  DE JUNIO – PLAZO DE SOLICITUD

*Deberá hacerse una solicitud por cada menor*

Las solicitudes, junto con la documentación requerida deberán presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano, o a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento
https://alcantarilla.sedelectronica.es

16 DE JUNIO – PUBLICACIÓN LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS

Las solicitudes y documentación aportada serán comprobadan por los/as técnicos/as de la Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer y, previa comprobación del cumplimiento de requisitos, se constituirá la lista provisional de admitidos publicándose el 16 de junio de 2025, hasta completar el número de plazas ofertadas.

16 AL 23 DE JUNIO – PLAZO DE SUBSANACIÓN

Se establece un plazo de subsanación del 16 al 23 de junio para aquellos solicitantes que cumpliendo requisitos no aportan toda la documentación o aportan documentación incorrecta.

10 DE JUNIO – SORTEO PÚBLICO

En el caso de que la demanda de plazas sea superior a la oferta, a través de la colaboración del Servicio de Informática del Ayuntamiento y mediante soporte digital, el
próximo 10 de junio se realizará un sorteo de la letra a partir de la que se ordenará la lista de admitidos para aquellos solicitantes que tengan los mismos puntos, por orden decreciente de puntuación. En tal caso, la ordenación de la lista se realizará a partir de una letra elegidad “al azar”, que se corresponderá con la primera letra del primer apellido del/la solicitante (padre/madre/tutor-a).

En el caso de que el número de solicitudes presentadas sea igual o inferior al número de plazas ofertadas, no será necesario realizar sorteo.

25 DE JUNIO – PUBLICACIÓN LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS.

El próximo día 25 de junio, se publicará la lista definitiva de admitidos en la web municipal y/o tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El 1 de julio dará comienzo la Escuela de Verano 2025

Documentos