De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, por lo que, salvo las excepciones previstas en el artículo 4, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza o reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Alcantarilla, en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad u oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no regulatorias.
Todas las personas interesadas en formular sus opiniones, sugerencias y propuestas, podrán hacerlo desde el 23 de agosto hasta el día 10 de septiembre de 2022, pudiendo presentar sus aportaciones:
- En el Registro General del Ayuntamiento de Alcantarilla (calle Ignacio López Lacal nº 1 esquina calle Mayor).
- A través de Sede Electrónica (alcantarilla.sedelectronica.es).
- También puede realizar sus aportaciones enviando un correo electrónico a participacionciudadana@alcantarilla.es. Siendo necesario remitir nombre y apellidos y DNI.
Problemas que se pretenden solucionar
Se trata de establecer el Reglamento de servicio y régimen interno del Centro de Servicios Sociales.
Necesidad u oportunidad de su aprobación
Es necesario aprobar un reglamento de servicio que regulan numerosos aspectos del funcionamiento, estructura y acceso a los servicios sociales municipales, que se adapte a la nueva ley de servicios sociales, publicada en julio de 2021, así como a las necesidades cambiantes del municipio y a la realidad social.
Objetivos de la norma
El presente Reglamento tiene por objeto:
1. Regular el régimen y funcionamiento interno del Centro de Servicios Sociales de Alcantarilla, conforme a lo establecido en el Decreto nº 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2. Promover y garantizar en el ámbito del municipio de Alcantarilla el derecho de la ciudadanía a un Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública.
3. Ordenar y estructurar el conjunto de recursos, actividades y prestaciones, orientadas a la satisfacción de las necesidades básicas y el pleno desarrollo de los individuos en el ámbito territorial del municipio de Alcantarilla.
El Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria es un equipamiento de titularidad y gestión pública. Constituye la estructura física, administrativa y técnica de las zonas básicas de servicios sociales donde se facilita el acceso al Sistema de Servicios Sociales y se desarrollan los programas propios de atención primaria.
El centro está dotado de la plantilla profesional, los medios materiales y financieros necesarios para el desarrollo de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales en su ámbito territorial. Se complementa con otras áreas adscritas al Servicio Municipal de Servicios Sociales dirigidas a colectivos que requieren de dotación de recursos específicos o con funciones de asesoramiento, apoyo y gestión.
Posibles soluciones y/o alternativas regulatorias
Se trata de un Reglamento de nueva creación, que no modifica ni sustituye norma anterior.
Documentación.
Información sobre la consulta del reglamento del Centro de Servicios Sociales