De acuerdo con lo dispuesto en el art. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, por lo que, salvo las excepciones previstas en el art. 4, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza o reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Alcantarilla, en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad u oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no regulatorias.
Todas las personas interesadas en formular sus opiniones, sugerencias y propuestas, podrán hacerlo hasta el día 30 de abril, pudiendo presentar sus aportaciones:
- En el Registro General del Ayuntamiento de Alcantarilla (Plaza de San Pedro nº 1).
- A través de Sede Electrónica (alcantarilla.sedelectronica.es).
- También puede realizar sus aportaciones enviando un correo electrónico a participacionciudadana@alcantarilla.es), o a través de la sección sugiere de la App “Alcantarilla SmartCity”. Siendo necesario remitir nombre y apellidos y DNI.
Se trata de contar con una ordenanza que aborde la regulación de las condiciones de protección y bienestar de los animales que viven bajo la posesión de los seres humanos en el territorio de nuestro Municipio, adaptándola a la normativa autonómica y con observancia de la Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de Protección y Defensa de Animales de Compañía de la Región de Murcia.
Con carácter especial, también se pretende regular la tenencia de animales potencialmente peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de personas y bienes y de otros animales, en armonía con lo establecido por la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y por el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que la desarrolla, modificado por Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre en relación a los perros que desempeñan funciones de asistencia a personas con discapacidad o perros-guía.
A través de esta ordenanza, se establecerán distintas obligaciones para propietarios y poseedores de animales, conductas prohibidas, requisitos de criaderos, establecimientos de venta y centros para el mantenimiento de animales domésticos, etc. Además se incluirá una regulación exhaustiva y exigente sobre animales potencialmente peligrosos, cuya tenencia quedará sujeta a obtención de licencia.
Adaptación de la normativa municipal a la nueva normativa autonómica existente (Ley 6/2017 de protección y tenencia de animales de compañía de la Región de Murcia), concretándola a la realidad de Alcantarilla.
El objetivo principal de la norma es establecer un régimen jurídico aplicable en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Alcantarilla para la protección, bienestar y la tenencia responsable de los animales. Es evidente que el bienestar animal requiere también el comportamiento consciente de las personas propietarias de los mismos, que tienen unos deberes de cuidado que se concretarán en la ordenanza para fomentar una tenencia responsable y cívica de los animales.
La finalidad de esta normativa se centra en lograr el máximo nivel de protección y bienestar de los animales de compañía. Sin ánimo de ser exhaustivos, los objetivos que perseguirá la norma serán los siguientes:
- Fomentar la tenencia responsable.
- Luchar contra el abandono.
- Fomentar la adopción.
- Estimular la esterilización de los animales y su compra, cría, venta y tenencia responsable como pilares fundamentales para evitar la superpoblación y en último término, el abandono.
- Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal.
- Fomentar el voluntariado y la canalización de colaboración de las entidades de protección animal y la sociedad civil en materia de protección animal.
- Divulgar el papel beneficioso de los animales en la sociedad.
- Educar a los animales.
- Crear áreas de esparcimiento caninas.
- Favorecer el acceso de los animales a establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones y espacios apropiados, bajo el adecuado control de sus poseedores.
- Desarrollar inspecciones para el cumplimiento de esta Ordenanza.
- Poner en marcha campañas de identificación y esterilización, estableciendo los conciertos necesarios con los veterinarios clínicos de animales de compañía.
Se trata de una Ordenanza de nueva creación, que sustituye a la anterior ordenanza de 2005. Se planteó incluir un capítulo para la regulación y control de colonias felinas, pero se ha decidido realizarlo como reglamento. Dicho reglamento será elaborado antes de finalizar el año 2019..