Son Comisiones Especiales, con cualquier finalidad, las que el Pleno acuerde constituir para asuntos concretos en consideración a sus características especiales.
El Pleno, por mayoría absoluta, a propuesta del Alcalde o de la cuarta parte del número legal de concejales de la Corporación, acordará la creación y composición de las Comisiones Especiales.
El Ayuntamiento, sobre la base del artículo 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá acordar la creación de Comisiones Especiales que pueden ser de dos tipos:
a. De colaboración con otras Administraciones Públicas.
b. De investigación o estudio.
Las Comisiones Especiales se extinguen automáticamente una vez hayan dictaminado o informado al Pleno sobre el asunto que constituye su objeto.
Actualmente están constituidas tres comisiónes especiales:
- La Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire.
- La Comisión sobre el ferrocarril.
- La Comisión de investigación de contratos y facturas.


Actas de la Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire
- ACTA 2019-0003 Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire 3 diciembre 2019
- ACTA 2020-0001 Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire del 28 septiembre de 2020
- ACTA 2022-0001 Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire 9 febrero 2022
- ACTA 2023-0001 Comisión de seguimiento en materia de calidad del aire extraordinaria 14 junio 2023